La Fiscal Tercera Anticorrupción Zuleyka Moore solicitó llamamiento a juicio contra Ignacio Fábrega De Obarrio por el supuesto delito contra la Administración Pública por haber filtrado información de carácter reservado y confidencial, mientras ocupaba el cargo de Director de la Dirección de Supervisión en la Superintendencia de Mercado de Valores, a Financial Pacific.
La vista fiscal fechada el 27 de febrero del corriente determina que la vinculación de Fábrega con el delito que se le imputa ha quedado “claramente acreditada”.
Moore basó sus acusaciones en que Fábrega revelaba a Financial Pacific, a través del correo de la institución, distintas informaciones entre las que se incluían: instrucciones dadas por la Junta Directiva de la SMV, quejas presentadas por clientes de casas de valores; recomendaba cómo debían dar las respuestas a los requerimientos de la SMV; decía la forma en que debían de responder a los reclamos de los clientes; y les ponía al tanto de la información que solicitaba el Ministerio Público de la empresa. Todo lo anterior mientras la casa de valores era objeto de un seguimiento y posterior intervención por parte de la SMV, por lo cual Fábrega, debía abstenerse de brindar dato alguno sobre el desarrollo y actuaciones realizadas por parte de la institución.
Después de analizar la pruebas, a Fiscalía concluyó que en el expediente constan evidencias suficientes que vinculan a Fábrega con los hechos que se le imputan. El documento hace un recuento de las mismas: Cita el nombramiento de Fábrega en la SMV quien laboró en la entidad desde el año 2010 hasta el 30 de junio de 2014; anexa copia autenticada del Acta de Intervención a la casa de valores Financial Pacific el 2 de julio de 2014 en la que los funcionarios de la SMV se percataron de la presencia de Fábrega y de que en el sistema tecnológico de la empresa se identificó en el listado de Directores el nombre de Fábrega con calidad de usuario en el sistema; refirió las diligencias de inspección ocular efectuadas por la SMV a la casa de valores donde se logró recopilar copia del intercambio de correos, desde y hacia, el buzón que utilizaba Fábrega como funcionario de la SMV hacia Financial Pacific.
De igual forma la Fiscalía hace énfasis en la conducta que deben tener los servidores públicos cuando se trata de información reservada, o confidencial, y basa la acusación en el artículo 348 del Código Penal que estipula que cualquier servidor público que utilice a su favor o de un tercero información o dato reservado y de acceso restringido del que tenga conocimiento por su cargo será sancionado con prisión de 4 a 8 años.
Fábrega fue detenido el 26 de febrero por la Policía Nacional después de que la Fiscalía girara ocho citaciones.
Al rendir indagatoria Fábrega se acogió al artículo 25 e indicó que no se encontraba en condiciones físicas ni mentales para declarar. No obstante la evaluación del médico forense, tal como se lee en la vista fiscal, concluyó que el imputado: “se encuentra en aparente buen estado general de salud física y sin cuadro clínico que amerite manejo médico de urgencias”.
Cinco días después de su detención, el juez Rolando Quesada Vallespi del Juzgado Primero Penal, concedió medida cautelar a Fábrega. La decisión fue apelada por la firma Mejía y Asociados, querellante en este caso, y la fiscal Moore. La apelación se encuentra en manos del magistrado Luis Mario Carrasco en el Segundo Tribunal Superior.
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