Nuestro registro representa una política de Estado basada en normas claras.
OPINIÓN
Iria Barrancos y Diego Barrancos, abogados en Derecho Marítimo Internacional
Panamá se mantiene entre los principales países del mundo en el registro de buques mercantes, tanto en tonelaje como en número de embarcaciones. Este lugar privilegiado no es producto del azar, sino del desarrollo sostenido de un sistema de registro abierto, moderno, eficiente y reconocido internacionalmente. Nuestro registro debe representar una política de Estado, basada en normas claras, cumplimiento de convenios internacionales y una estructura que ha hecho del país un punto de referencia en la industria marítima global.
Sin embargo, este activo nacional enfrenta un reto que no puede ignorarse: una tendencia a decisiones que pueden afectar negativamente la posición del registro panameño. La primera aparece en el Decreto Ejecutivo N.° 512 de 2024, que otorga a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) la facultad de cancelar registros de naves que aparezcan en “listas de sanciones internacionales”, sin que medie una investigación adecuada ni se garantice a los afectados el derecho a ser efectivamente escuchados. Estas medidas, adoptadas en nombre de la protección del prestigio del registro, pueden terminar vulnerando los mismos principios jurídicos que deberían sostenerlo.
Es cierto que pueden existir casos en el que pueden cuestionarse y vincularse a buques y compañías con operaciones comerciales ilegales; justamente por ello se requiere un enfoque equilibrado. Una lista no es, ni debe ser, sinónimo de culpabilidad. La inclusión en bases de datos externos —sean públicos o reservados, nacionales o multilaterales— debe tratarse con la debida cautela y someterse a una revisión técnica, legal y transparente. Panamá no puede permitirse actuar por reflejo sin garantizar las condiciones de defensa que nuestras leyes otorgan, porque hacerlo debilita la confianza en su propio sistema jurídico. No podemos darnos el lujo de repetir situaciones pasadas en que personas y corporaciones han sido incluidas en listas internacionales, sin juicio, sin condena, causando graves consecuencias económicas y sociales, por lo que deben ser una advertencia clara de que no todo lo que aparecen en listas, debe traducirse en una reacción condenatoria automática.
Aunque la intención del Decreto Ejecutivo antes mencionado pueda ser proteger al país de ser asociado con prácticas ilícitas (p. ej., flotas fantasmas), preocupa que los plazos contemplados para notificación y defensa sean excesivamente breves, sobre todo tratándose de asuntos complejos que a menudo involucran estructuras jurídicas internacionales, contratos, bancos, aseguradoras y armadores de distintas jurisdicciones. Un procedimiento expedito, no puede desnaturalizar el debido proceso; decisiones administrativas de esta naturaleza pueden causar un daño irreparable no solo a propietarios, fletadores y trabajadores, sino también a la reputación y atractivo comercial del propio registro panameño.
A ello se suma la reciente decisión de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) de no aceptar el abanderamiento de buques graneleros y petroleros con más de 15 años . El objetivo —reducir el riesgo operativo— es comprensible; sin embargo, no siempre la edad es el reflejo de la seguridad. La experiencia internacional muestra que lo determinante es la condición técnica del buque. Por ello, Panamá debería adoptar un enfoque basado en riesgo: exigencia de CAP (Condition Assessment Program, por sus siglas en inglés) con calificación mínima, verificación de clase IACS, historial PSC sin detenciones recientes, vetting satisfactorio y certificaciones ISM/MARPOL/SOLAS al día. Si estos criterios se cumplen, la suspensión preventiva y la inspección reforzada, son preferibles a la prohibición automática, que puede expulsar tonelaje cumplidor y mermar la competitividad del registro.
Estas acciones mencionadas se traducen en una clara desventaja frente a nuestros competidores. Mientras Panamá avanza con cancelaciones automáticas y no acepta el abanderamiento de buques mayores de 15 años, Liberia y las Islas Marshall operan con políticas más flexibles: tope típico de 20 años con posibilidad de “waiver” a discreción del comisionado y, para naves que superen ese límite, inspección previa y requisitos técnicos adicionales; además, toda nave pasa una inspección inicial poco después del registro. En materia de sanciones, ambos pabellones publican guías de cumplimiento y debida diligencia (incluido el “price cap”) y advierten que pueden dar de baja buques sancionados, pero el estándar competitivo, es la evaluación caso por caso, con medidas correctivas antes de la baja definitiva, no vetos por edad o por inclusión en listas per se. Con estas nuevas reglas, Panamá se vuelve menos predecible y, por ende, menos atractivo frente a esos registros.
Frente a ello, consideramos que es importantísimo que nuestras autoridades establezcan un mecanismo técnico, imparcial y especializado que permita evaluar individualmente la situación de cada nave y además se garantice, como mínimo, la posibilidad de ejercer una defensa justa y sustancial. No se trata de blindar a posibles infractores, sino de actuar con responsabilidad jurídica, con respeto por los principios que sostienen el orden democrático y el comercio internacional.
Panamá ha demostrado capacidad para responder a retos internacionales: ha salido de listas discriminatorias recientemente en el ámbito financiero y ha mejorado su imagen en foros multilaterales. Ese mismo empeño debe volcarse ahora en preservar la legitimidad del registro marítimo, no solo en su forma, sino también en su fondo. Protegerlo no implica actuar con ligereza, sino con apego a la ley, respeto al derecho y compromiso con nuestra soberanía.
El registro panameño ha sido, y sigue siendo, una herramienta estratégica que genera empleo, ingresos, prestigio y confianza. Pero todo eso solo se sostiene si se mantiene firme la base que lo legitima: respeto al derecho, transparencia institucional.
Defender nuestro registro no es proteger lo indefendible; es precisamente lo contrario: es asegurarnos de que, al actuar, el país no renuncie a sus principios ni repita errores del pasado. Defender el registro panameño es, también, defender el Estado de derecho.
NOTA: las opiniones vertidas en el texto son responsabilidad de sus autores.
Sesudo artículo !
ResponderEliminarCreo que el país cuenta con muchos abogados especializados en derecho marítimo internacional, que no están ocupando puestos de mando y jurisdicción en nuestras instituciones encargadas de regular la industria marítima, la cual constituye uno de los mayores aportes a nuestra economía .
Mientras el país siga nombrando funcionarios en esas posiciones ya sea por amiguismo, partidocracia , o como fuente de rebuscas, jamás vamos a salir de las listas de todos los colores en las que sobresalimos.
No es intercambiando figuritas de do ut des , con los organismos calificadores que saldremos de las listas y nos quitemos el estigma de corrupción, sino nombrando personal idóneo, y todavía no contaminado por esa corrupción, que me niego a creer que sea parte de nuestro ADN .