En el juicio que se le sigue al expresidente Ricardo Martinelli por pinchazos, se acrecienta la expectativa por la comparecencia de dos testigos de la defensa, Rony Rodríguez y William Pittí, requeridos por justicia y de los cuales se desconoce su paradero.
Ambos testigos, al igual que el testigo protegido de la Fiscalía, formaron parte del grupo cerrado del personal del Consejo de Seguridad que recibió órdenes para pinchar teléfonos, hacer seguimientos e intervenir correos telefónicos, de acuerdo a la teoría del caso de los fiscales. La defensa los citó como parte de su lista de testimonios que probarán la inocencia de su cliente, y que aclararán las actividades que se efectuaban en la planta alta del edificio 150 del Consejo de Seguridad.
Rony Rodríguez, alias Didier, fungió como jefe de inteligencia del Consejo de Seguridad durante el tiempo que abarca la investigación de la fiscalía, 2012-2014. La misma ha manifestado en reiteradas ocasiones que está esperando que los dos testigos pisen el Sistema Penal Acusatorio para ponerles las esposas en las muñecas.
Alfredo Vallarino, abogado de la defensa, interpreta esto como una intención de la fiscalía para intimidar a sus testigos. "Le anuncio a la fiscalía que si viene cualquiera de los dos y se los tratan de llevar me van a tener que llevar a mi con ellos, no lo pueden hacer. Las conducciones no se pueden aplicar después de las cinco de la tarde", exclamó el defensor.
La querella, en voz de Carlos Herrera Morán considera que la actitud de Vallarino es un acto de desesperación de la defensa. Alerta que si comparecen los dos testigos deben ser conducidos a sus respectivos tribunales para enfrentar la justicia. "Ellos han irrespetado al Tribunal, no se trata de amedrentarlos, sino que ellos mismos se pusieron al margen de la ley con sus actuaciones. Que vengan, pero tienen que hacerle frente a los requerimientos de los tribunales. Pueden dar su testimonio, pero después deben ser conducidos como cualquier ciudadano", señaló Herrera Morán.
La defensa es celosa de los nombres de los testigos que anuncia en el juicio. Reservan su identidad hasta que el juez los llama a declarar. Lo hacen con todo el propósito para que la Fiscalía no tome ventaja y adelante cualquier movimiento que pueda poner en riesgo las declaraciones de sus testigos. En horas de la tarde se espera que acudan dos testigos.
Al iniciar la sesión del viernes, se presentó ante el Tribunal Iris González, exjefa de informática del Consejo de Seguridad, quien previamente había sido citada por la fiscalía para acreditar los aspectos técnicos que requería la entidad para funcionar las máquinas pinchadoras. No obstante, la defensa la citó para acreditar que el correo electrónico [email protected], que pertenecía al testigo protegido, y del cual se extrajo la información sensitiva de las víctimas, no fue creado por la entidad. Es decir, que no se trata de un correo electrónico institucional del Consejo de Seguridad.
Su interrogatorio ha sido uno de los más fugaces que han pasado por el juicio. En tan solo una hora se efectuó el interrogatorio y el contra interrogatorio de la querella, la fiscalía renunció al contra interrogatorio.
Por la mañana el Tribunal incorporó 11 pruebas documentales de la defensa (de la prueba 12 a la 22) que contaron con algunas observaciones, más no objeciones de la Fiscalía. Entre éstas había memorandos internos del Consejo de Seguridad en los que se leía sobre el traslado de ciertos equipos desde la planta alta del edificio 150 a la infraestructura denominada 'villa' que también forma parte de la entidad.
Otras actas de inspección ocular a empresas telefónicas fueron oralizadas en la audiencia y admitidas por el juez. La fiscalía refirió que algunas de ellas eran extemporáneas al periodo de investigación, es decir, que databan de julio, y septiembre de 2014 cuando la pesquisa de la fiscalía se limita del 2012 a mayo de 2014. El juez Roberto Tejeira, presidente del Tribunal, mencionó las observaciones e introdujo los documentos de la defensa.
Los abogados de Martinelli renunciaron a 4 pruebas documentales que en general pertenecían a diligencias de inspección ocular.
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