Después de 24 horas de receso los magistrados retomarán la audiencia del exgobernador de Quintana Roo Roberto Borge, solicitado por el gobierno mexicano y acusado de tres delitos. La defensa podrá apelar la decisión de los jueces y recurrir a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
En horas de la tarde, los magistrados los magistrados del Tribunal Superior de Apelaciones Andrés Reyes, Greta Marchosky y Mauricio Marín, decidirán si se oficializa la extradición del exgobernador de Quintana Roo Roberto Borge y si conceden una medida distinta a la detención preventiva solicitada por su abogado.
En la audiencia celebrada el 1 de agosto, el fiscal José Antonio Candanedo, de la Fiscalía de Asuntos Internacionales del Ministerio Público, presentó una ampliación de tres anexos a la petición de extradición del gobierno Mexicano, país que requiere al político.
Describió el primero, que contiene la orden de aprensión de Borge dictada el 28 de junio de 20178 dictada por la jueza Silvia Veronica Solis del primer distrito judicial de Chetumal.
La segunda de las órdenes es del 29 de junio de 2017 fichada por la misma juez de control, mientras que la tercera tiene fecha del 3 de julio de 2017 dictada por Esteban Far Godoy juez de control del primer distrito judicial de Chetumal, Quintana Roo.
Las bases en las que se recargan estas ordenes de detención contra Borge, según lo expuesto por la Fiscalía, detallan que durante el periodo comprendido de 2011 a 2016 en su carácter de presidente de administración de la para estatal Servicios Ejecutivos S.A. de C.V. que brinda servicio público de transporte, aprovechándose de su investidura dio ordenes y obligó a sus subordinados integrantes del Consejo de Administración a celebrar contratos sin llevar a cabo las licitaciones para la prestación de servicio de taxi aéreo, además participaron en asambleas y aprobaron la orden del día cuyos puntos eran indiscutibles porque habían sido aprobados previamente por Roberto Borges, causando un detrimento patrimonial por $594 millones de pesos.
Roberto Borge y otras personas relacionadas a la investigación son imputadas por aprovechamiento ilícito del poder cuya pena oscila entre 2 a 6años de prisión y el impedimento del desempeño de la función pública.
El anexo B guarda relación con la orden de aprensión del 29 de junio, se indica que Borge siendo gobernador, de conformidad con la ley de tránsito de Quintana Roo, otorgó cinco concesiones de prestación de servicio público a favor de personas de distintos grupos empresariales sin que estas empresas cumplieran los requisitos establecidos y el pago señalado en la ley causando un agravio a la administración pública. Por esta causa, Borge es imputado por la presunta comisión del desempeño irregular de la función pública.
La tercera ampliación que anexó el gobierno mexicano, guarda relación con la orden de detención del 3 de julio pasado, se indica que el 14 de noviembre de 2016 Carlos Flores Hidalgo en su calidad de director general del Instituto de Patrimonio Inmobiliario del Estado, presentó una denuncia contra el gobernador que fungía como presidente del Instituto y contra Claudia Villanueva, enunciando que los mencionados ejercieron indebidamente sus funciones públicas y enajenaron 18 propiedades para uso propio o ajeno, siendo que estas propiedades eran onerosas, causando un daño al erario por 2,510 millones de pesos, precio inferior a su valor real. Borge es imputado por la presunta comisión del delito de peculado.
La fiscalía también detalló la enajenación de varias propiedades por parte de Borge, celebrando contratos de 23 propiedades de dominio del Estado a un precio risorio de 208 millones de pesos, cuando debió haber sido por 4,675 millones. Esta transacción provocó, según la Fiscalía, que el Estado dejara de percibir 4,467 millones de pesos.
Borge también es relacionado a la enajenación de 2 predios por 184 millones que fueron vendidos por casi el 10% del valor causando un perjuicio económico al Estado. Aunado a esto, utilizó el sistema financiero de México para realizar dichos movimientos y se desconoce la capacidad económica del exgobernador para adquirir estos bienes. Aunado a esto de haber celebrado contratos y licitaciones de transporte aéreo y terrestre sin los requisitos que contempla la ley perjudicando el erario estatal.
En tanto, la defensa de Borge, representada por el abogado Arturo González, dijo que “México falta a la verdad por cuanto no remite la última resolución que las autoridades de México emitieron con relación a esa orden de aprensión”.
En su momento, añadió, se facilitó a la fiscalía la documentación que México no entregó a las autoridades de Panamá, el documento apostillado lo mostró a los magistrados. Se refiere al tribunal de amparo de garantías que decidió suspender la orden de aprensión en contra de Borge. Esto deja en evidencia que faltan requisitos para el arresto formal contra su cliente, dejó saber a los jueces.
La defensa manifestó que su cliente es un hombre probo, y no se debe tener bajo arraigo a una persona que las autoridades en México han suspendido y fijaron una fianza . Por tal motivo, demandó que no se formalice la petición de extradición porque adolece de uno de los requisitos fundamentales para que el trámite pueda seguir con su causa.
“Partimos del hecho de que el proceso de extradición emana de una autoridad de carácter federal y la tres carpetillas que se adicionan dicen carpetillas administrativas que guardan relación con el Estado de Quintana Roo” reiteró González.
Insistió que en México se presentó una orden de amparo y la autoridad dispuso la suspensión definitiva de la orden de aprensión dentro del proceso que hace referencia a la resolución que sirve de sustento al gobierno mexicano para la extradición de su cliente.
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