Sindicalistas y generadora se enfrentan por proyecto 573

El sindicato de electricistas manifiesta que las modificaciones a la Ley 6 están hechas a la medida de AES. Los directivos de la empresa lo niegan y aseguran que es contraproducente porque impone un límite de oferta

El proyecto de ley 573, que adiciona y modifica artículos a la Ley 6 de 1997, que dicta el marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio de electricidad, ha causado un cortocircuito entre los protagonistas del sector. La peor descarga es que se percibe como un proyecto que va “a tambor batiente”.


Siendo un tema sensitivo, que contempla, entre otros puntos, la introducción de nuevas figuras en el mercado, como la del comercializador o interventor, “debe ser conversado para hacer algo más completo y (que) podamos funcionar de la mejor manera posible, nos preocupa la prisa”, señaló Humberto González, de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa (Apede).

Los empresarios no son los únicos a los que les intranquiliza la premura de la Secretaría de Energía, que impulsa las modificaciones, y que, en su concepto, buscan dar mayor autonomía a la Empresa de Transmisión Eléctrica, S.A. (Etesa) y dinamizar el mercado.

Entre otras disposiciones, el proyecto considera un nuevo mecanismo de control en la participación de las empresas generadoras que se enfoca al mercado de contratos, en el que se genera competencia en el momento en que los generadores eléctricos, sean participantes nuevos o existentes, compiten por la entrada al mercado para abastecer la demanda futura de los clientes de las distribuidoras.

Las bondades que pudiera reflejar esta propuesta para el Ejecutivo son recibidas por el Sindicato de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Similares de Panamá como un shock, un proyecto que produce más distorsión en el mercado.

Luis Chifundo, abogado de los sindicalistas, advierte sobre varios puntos de inconveniencia en el mercado.

Explica que el texto introduce un elemento que “genera no solo especulación, sino suspicacia, cuando define a los ‘grandes clientes’. Introduce la figura del ‘gran cliente’ habilitado, que es quien puede comprar la energía en el mercado libre, sin regulación. Si se toma en cuenta que un generador puede ser a la vez, directa o indirectamente, comercializador, sencillamente es suficiente con que ellos digan que le compraron energía a su propia empresa a cierto precio”.

Esto puede provocar un encarecimiento en el servicio al usuario final, a juicio de los sindicalistas.

Chifundo describe que la presencia del Estado en el mercado eléctrico es importante para evitar la especulación del precio. Además, contribuye a que las tarifas que el consumidor paga por la energía sean menores.

“De liberar al Estado de ese rol, se tiende a la especulación, y si hoy nos quejamos de que la tarifa de Panamá es la más cara de la región porque lo costos especulativos se cargan a la tarifa en adición a los subsidios que da el Estado, si a eso le sumamos que puede abrirse la posibilidad de que los generadores se conviertan en comercializadores, se encarece el precio de la energía”, añade el abogado.

Chifundo es aún más crítico. Apunta a que el proyecto responde a los intereses de la empresa AES, que está a punto de arrancar una planta de generación de gas que ofertará al mercado 380 megavatios en junio de 2018, y en la cual el empresario Stanley Motta conserva una importante posición accionaria.

Según Chifundo, siendo AES uno de los grupos de mayor capacidad de generación de energía, puede “abusar” de su posición dominante en el mercado.

AES produce 705 megavatios en la hidroeléctrica que comparte con el Estado a través de AES Panamá y AES Changuinola. Otros 380, en la planta de gas en Colón, que comparte con el Estado y Motta, y 72 megavatios en una termoeléctrica en Colón, lo que totaliza un tercio de la producción de energía del país.

“De acuerdo a la ley actual, AES no podría solicitar una nueva concesión, pero en la ley no hay nada que impida que construya una nueva generadora”, agrega González.

El vacío legal, según el empresario de Apede, “es que la ley actual dice que un generador que tenga capacidad instalada hasta el 25% no puede solicitar una nueva concesión, pero no dice nada de las contrataciones o de las licencias”.

“Es suficiente que tenga un generador y un comercializador, con eso determina la suerte del distribuidor”, avanza Chifundo.

Es falso, responde Miguel Bolinaga, presidente de AES.

“Hoy en día hay libertad de inversión sin problema. Al poner un cap (límite) del 40% (en el mercado de contratos) y metes un 25% adicional (en concesiones) a quien perjudican es a AES. Esa ley va contra AES. Yo no sé a quién favorece. Hay contratos establecidos a largo plazo; segundo, siempre vas a poder competir”, exclama Bolinaga.

Los directivos de AES no discuten que su participación en el mercado es dominante, pero defienden que han hecho significativas inversiones, más de $2,000 millones, que les han permitido concursar con cualquier tipo de agente y colocar la oferta más económica. “Eso es totalmente distinto a la posición de abuso dominante”, dijo Bolinaga.

El precio que se licita es el más barato, añade el ejecutivo, y expresa que el generador que cumpla con el mejor precio será el beneficiado.

La Estrella de Panamá cuestionó a Bolinaga que siendo un grupo dominante en el mercado, podría ejercer su poder para manipular los precios.

“No se puede, porque la energía se compra a través de contratos y los precios son fijados en el mercado donde se adjudica la oferta más económica. Los contratos normalmente duran 5, 10 o 15 años. La planta de Colón está totalmente contratada por los próximos diez años”, indicó Julio Díaz, director Comercial de AES en Panamá.

Hay más, los sindicalistas dicen que el aumento de 25% al 40% en el mercado de contratos se hizo con la intención de salvar a AES de cualquier proceso penal que esté en trámite en la Corte.

“Lo único que sabemos del gerente (Gilberto) Ferrari, es que ese proyecto no puede salvar a Etesa. Aquí se inició una inversión de un grupo vinculado a AES en Colón con la generación de una planta de gas. Cuando se les dio la concesión, fue objeto de demanda porque el grupo económico controlaría más del 25% del mercado de generación de energía. La Ley 6 prohíbe eso. Este proyecto aumenta al 40% la presencia en el mercado de un solo generador”, indicó Chifundo.

El gerente Ferrari, agrega Chifundo, “le dijo a los compañeros que él quiere pasar el proyecto de ley en esta legislatura. Si esa empresa (AES) entra en operaciones en vigencia del nuevo proyecto, la Corte tendrá que negar las demandas que se han presentado de concentración, puesto que la ley que regiría permite su presencia hasta en un 40% del mercado”, indicó Chifundo.

“Nosotros no tenemos querellas en la Corte”, apuntó Bolinaga. “Lo único que tenemos es una multa pendiente por los apagones registrados en 2013. La Ley 6 es clara: ninguna empresa puede tener más del 25%, pero en concesiones. Posteriormente definen que las concesiones son todo tipo de generación hidroeléctrica o geotérmica. El tercer artículo habla de las licencias, que son aquellas de gas, carbón, petróleo, solar. Esto que tenemos (en Colón) es una licencia”, explica Bolinaga.

Los directivos de AES también rechazan la propuesta del Ejecutivo. Ellos prefieren que se quiten los límites de venta en el mercado de contratos para alimentar la competencia. No entienden a qué responde el 40% que propuso el gobierno en el proyecto.

En esta nueva propuesta, tanto generadora como distribuidora pueden ofertar, aunque a la última se le limita a un 15% en el mercado.

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