Anteproyecto que modifica ley de energía enfrenta al sector

La Secretaría de Energía indica que se busca más competencia, las generadoras piden liberar el mercado, y los sindicalistas dicen que busca beneficiar una empresa

El sector energético está que hecha chispas. En la Asamblea Nacional ingresó un anteproyecto, el 573, que pretende modificar y adicionar artículos a la Ley 6 del 3 de febrero de 1997, cuyo proponente es el ministro de la Presidencia, Álvaro Alemán.

La secretaría de Energía busca impulsar con estos cambios la competitividad en el sector, es una de las principales motivaciones de este texto. Pero así no lo ven muchos sectores con los que La Estrella de Panamá ha conversado y mostrará sus posiciones en próximos reportes.

Hay varias novedades en las reformas propuestas por el Ejecutivo. Una de ellas, es la creación del agente comercializador. Una persona jurídica que sin ser generador, autogenerador, cogenerador o distribuidor, se dedica a la actividad de compra y venta de energía eléctrica.

“La creación del agente comercializador es una aspiración de hace mucho tiempo, cuando se hizo la ley no se pensó necesario, pero en los años no se ha desarrollado de la mejor forma. Hemos visto experiencia en otros países para proveer a grandes clientes un mejor precio. Hemos regresado la compra de energía para sacarla de la Empresa de Transmisión Eléctrica S. A., y ponerla en un comité conjunto para que la versión final sea sancionada por el Regulador, en vez de que ETESA haga resoluciones”, manifestó Víctor Urrutia, secretario Nacional de Energía.

Según el proyecto, el comercializador se concibe como un nuevo agente dinamizador de la competencia en el mercado de compra y venta de energía, que abre la posibilidad de implementar nuevas herramientas para asegurar el suministro de energía eléctrica en condiciones económicas que beneficien a la población panameña.

Otra novedad es que el artículo 58 (que plantea las restricciones), amplía de 25% a 40% la participación en el Mercado de Contratos de una sola empresa para suplir parte de la demanda del Mercado de Contratos.

Urrutia explica que en un principio, la limitante se planteó en un 25% pensando en las hidroeléctricas. “Se pretendía evitar que los recursos naturales estuvieran en manos de un solo participante”, dice. Pero esto ha cambiado. Urrutia explica que lo que se busca “es que los contratos se ganen en competencia. La idea es que no pueden tener más del 40% del mercado. Es un número que asegura varios participantes en el mercado. Por ende, debe existir más competencia y abaratar el precio de la energía. Todo esto es mera teoría, hasta el momento.

“Los clientes que quieran comprar lo pueden hacer de par a par. Si se firma un contrato, esa energía debe estar más barata”, indicó Urrutia.

El artículo 58 también permite atender directa o indirectamente más del 25% del total de la energía de los Grandes Clientes del sector eléctrico del país.

Este punto, que establece las limitantes, al Ejecutivo le costará conciliar posiciones, porque a pesar de que la Secretaría de Energía considera que la variedad de opciones abaratará el mercado, los participantes no están de acuerdo con los topes y piden suplir de forma ilimitada, mientras los sindicalistas, indican que se trata de un anteproyecto hecho a la medida de una de las empresas de gas dominantes en el mercado.

El anteproyecto define al Gran cliente habilitado, como aquel cuya compra de energía se realiza a precios acordados libremente. En Panamá existen 2 mil de este tipo, centros comerciales, sector industrial, hotelero, etc.

También se define al Gran Cliente Regulado, como aquél cuya compra de energía se realiza a través de tarifas reguladas.

CONTRATACIONES
Se propone eliminar la condición de pliegos especiales para la contratación de energía y/o potencia por tecnología, para fortalecer la competencia por el mercado y que las decisiones de los inversionistas se rijan por sus análisis de riesgos y su disposición a asumirlos basados en la información existente y las políticas energéticas de largo plazo. En consecuencia, se modifican algunas leyes de incentivos por tecnología de generación eléctrica.

El proyecto incluye una modificación al procedimiento de compras, con un nuevo esquema que suprime las responsabilidades que recaen sobre ETESA, actualmente la encargada de llevar a cabo los actos de concurrencia para la compra de energía y potencia de las empresas distribuidoras. Se pone un periodo de transición de dos años para su implementación.

Según Urrutia, lo anterior busca otorgar mayor gobernabilidad a ETESA y liberarla de función para que sea la Autoridad de los Servicios Públicos (ASEP) quien se encargue de esta actividad, tomando en cuenta un proceso de transición de dos años a partir de la fecha de la promulgación de la ley.

Para algunos generadores, trasladar esta tarea al regulador, ASEP, pondría a la institución en una posición de juez y parte en la estructura del mercado. Apuntan a que sean las distribuidoras las encargadas de la compra de energía y que el proceso sea supervisado o fiscalizado por el regulador.

Urrutia explica que la Asep, “en dos años estará lista para asumir el reto. Tendrá que tener un recurso humano más involucrado en el proceso de compra, debe asegurarse que los contratos sean claros”, recomienda.

Se introducen modificaciones a la junta directiva de ETESA, amplía el número de integrantes de 5 a 7 y nombra por 10 años, a partir del 2019 a los nuevos integrantes. Aunado a esto, introduce la posibilidad de crear subsidiarias, permite la emisión de deuda pero sin comprometer el control mayoritario.

El Anteproyecto debe ser discutido en la Comisión de Comercio de la Asamblea en los próximos días.

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