Opinión del Procurador genera reacciones opuestas

Mientras unos consideran que debe ser un tema de derechos humanos, otros se oponen a la posibilidad de contemplar el matrimonio igualitario, una figura jurídica distinta al matrimonio parece ser la fórmula ideal

El recurso interpuesto por la firma de abogados Morgan & Morgan que pretende que se declare inconstitucional la frase “entre un hombre y una mujer”, plasmada en el artículo 26 del Código de la Familia tiene su génesis a miles de millas del istmo.

La idea nació en el Cyrus Vance Center for International Justice, una organización radicada en Nueva York que entre sus actividades incluyen una clínica de base contra la homofobia en Centro América, o una lucha internacional de organizaciones no gubernamentales para cambiar las leyes en el sur de África que discriminan a las personas lesbianas, homosexuales y bisexuales (LGBTI por sus siglas en inglés).

La Estrella de Panamá conoció que el Cyrus Vance Center solicitó una colaboración al despacho de Morgan & Morgan para iniciar un caso en Panamá ya que la alianza lo estaba haciendo en otros países del continente. La firma panameña, tenía un compromiso de horas pro bono con el Centro, así que accedió al planteamiento interponiendo la demanda en favor de los derechos humanos, labor que aseguran fuentes del despacho, es gratuita.

Ricardo Beteta, presidente de la Asociación de Hombres y Mujeres Nuevos de Panamá, confirmó que la organización neoyorquina analizó la legislación panameña. “Hicieron una radiografía de la Constitución panameña y encontraron el término cónyuge. Una ley (Código de la Familia) no puede ser una prohibición de algo que no está prohibido en la Constitución. Encontraron la fórmula”, dijo Beteta.

Según el dirigente de la Asociación, los activistas internacionales quieren hacer un cambio a nivel global.

Y vaya que lo están logrando.

En Panamá es la primera iniciativa legal, a la que seguramente le seguirán más de una docena, que hace una consulta de esta naturaleza al máximo ente jurídico del país, sobre cómo interpretar la legislación nacional con respecto a los derechos de ésta población.

En el istmo, la posibilidad de que la Corte falle a favor de la firma ya ha generado varias reacciones.
El proceso es lento. Antes de que se produzca el fallo -cualquiera que sea éste- primero habrá que hacer públicos los edictos para considerar las opiniones de la población interesada. Después, se establece la etapa de práctica de pruebas, y luego, el magistrado ponente que en este caso es José Luis Fábrega, deberá hacer un proyecto y circularlo entre sus pares. De no contar con la mayoría perderá la ponencia y otro magistrado tomará la batuta con un proyecto distinto.

El escrito del procurador de la Administración, Rigoberto González Montenegro es un “encomiable tratado acerca del alcance de las obligaciones de la República frente a las convenciones de las que es parte y cómo dichas obligaciones deben ser acatadas por las instancias judiciales como corresponde al matrimonio igualitario”, indicó el abogado demandante Carlos Ernesto González, de la firma Morgan & Morgan.

Ricardo Beteta se sumó a las felicitaciones al procurador Montenegro por la valoración efectuada. “Reconoció que existe discriminación hacia los homosexuales y que por encima de todo están los derechos de los individuos. Que diga que negar a las personas del mismo sexo es un acto de discriminación, es un paso muy importante”, reflexiona Beteta.

FIGURA INTERMEDIA
Beteta no está de acuerdo con que la Corte proponga una figura alternativa al matrimonio para las personas del mismo sexo como una salida salomónica al tema. “No somos ciudadanos de segunda categoría, tenemos los mismos derechos y hay que defenderlos al igual que las mujeres defendieron los suyos”, dice enérgico.

Luego, sostiene que si la Corte quiere ponerle otro termino que no sea ‘matrimonio’, pero que tenga los mismos derechos se conforma.

El tema es aún más profundo para algunos entrevistados.

José Agustín Espino, sociólogo, se remonta al concepto etimológico. Es el elemento central del “concepto de familia que implica la relación entre un hombre y una mujer donde la segunda es la matriz y lleva implícito el concepto de que en la relación hay un proceso de gestación de la persona”, relata Espino.

El problema es la insistencia de esta población en la figura del matrimonio, según añade el sociólogo. “Debería buscarse un término jurídico que sin atacar la figura institucionalizada históricamente de familia entre hombre y mujer, pueda crearse otra (con distinto nombre) con los mismos valores legales para que las parejas del mismo sexo puedan gozar de todos los derechos que gozan los cónyuges”, manifestó Espino.

Reitera que si se insiste como grupo en el concepto de matrimonio, alguien va a estar siempre preguntando en este relación dónde está la matriz.

“Lo de la matriz es un disparate jurídico. ¿Qué pasa con las parejas estériles? Eso no anula el matrimonio. La maternidad o la fertilidad de las parejas no son una condición para el matrimonio”, refuta Beteta.

Las voces que contrastan la idea, como la de Luis Sagel, presidente del Movimiento Pro Rescate de Valores y la Familia, reclaman que como país soberano, las signaturas internacionales no pueden superar nuestra legislación. Ahonda en su posición y asoma, no obstante, que no se opondría a los cambios “legales para que estas personas puedan lograr sus trámites y tener sus derechos como pareja en el plano legal o material. Un contrato civil en el que compartan sus bienes, o tomen decisiones conjuntas”, menciona Sagel.

Otros miran con luces largas el fallo por las implicaciones que puede traer a futuro y sus consecuencias. El presidente encargado del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, piensa que además de que el tema debe ser debatido, el fallo no puede limitarse a la estructura legalista. Es decir, “el asunto no es de controversias comunes en asuntos judiciales, sino que forma parte de la evolución de la sociedad y la reafirmación de la estructura de la misma. Una de las principales funcionalidades de la justicia es devolver la paz social generada por un conflicto. Por eso, al fallar, deben medir las consecuencias que produce la respuesta en el sentido de que ellos son quienes determinan la estructura y la interpretación de la ley”, expresó Araúz.

Un análisis que determina que no sea exclusivamente a la luz de la legalidad sino del papel ciudadano y transformador de la sociedad y “por eso, cuando los magistrados entren a resolverlo, el argumento tendrá que ponerse en un plano de la trascendencia social que impacta el fallo”, señala el abogado.

La activista por los derechos humanos Magaly Castillo está a favor de que se declare legal el matrimonio entre personas del mismo sexo. Lo compara con los derechos que han adquirido las mujeres con el tiempo. “La humanidad ha evolucionado y los derechos de las personas también”. ¿Si antes las personas con discapacidad eran descartadas por la sociedad, podemos esperar lo mismo con esta población?, se pregunta la activista.

La sociedad panameña tiene una resistencia al tema. Castillo la entiende porque “algunas personas temen a los cambios. Fluyen temores a perder y ceder, pero el debate se abrió y me parece que debe hacerse sobre la base del tema de derecho humanos que no se someten a elecciones, pues de esta forma no prosperaría porque la gente lo rechaza”, agregó Castillo.

La activista concluye diciendo que no se trata de un asunto religioso. “La Iglesia igual se debe al debate, van a tener que hacerlo y conversar a lo interno de las congregaciones, es un asunto de derechos humanos. Que cambie de postura la Iglesia, porque ellos también la tienen a lo interno y por años le han dado la espalda”.

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