Gabinete envía proyecto de ley que suspende artículos sobre extradición

Aprueban suspensión de vigencia de algunos artículos del Código Procesal Penal sobre procedimiento de extradición

El Consejo de Gabinete decidió, mediante la aprobación del Proyecto de Ley No. 064-13, suspender la vigencia de los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 42, 43, 45 y 46 de la Ley 35 de 23 de mayo de 2013, que reforma el Código Procesal Penal, sobre el procedimiento de extradición y dicta otras disposiciones, y se autoriza al Ministro de Relaciones Exteriores, mediante el proyecto de Resolución de Gabinete No. 153-13, a presentarlo ante la Asamblea Nacional.

Ante la amenaza que representa la delincuencia organizada transnacional, el narcotráfico y delitos conexos, el terrorismo, su financiamiento y los peligros que estas formas delictivas afectan la estabilidad democrática de las naciones, se hace necesario ajustar la legislación panameña a las nuevas tendencias de cooperación jurídica internacional, se explica en la exposición de motivos.

Agrega, además, que la extradición se convierte en una herramienta idónea para brindar el auxilio inmediato que requieren las naciones. Esta cooperación por parte de Panamá redunda en beneficios a lo interno del país, al permitir la entrega rápida de personas dedicadas a la comisión de actividades ilícitas, y que pudieran estar planeadas o ejecutadas desde territorio nacional.

Conscientes de esta situación, las entidades involucradas en este tema ha logrado un consenso a fin de proponer la presente reforma del Código Procesal Penal, para garantizar que el procedimiento para la entrega de personas requeridas por la justicia de otro Estado sea expedito y evitar la impunidad de los delitos.

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