Conflicto entre la Ley y el Decreto que rigen las AIP

La problemática se centra en la cantidad de miembros de la junta directiva que  representan al gobierno. La Ley 39 estipula que deben ser tres, sin límite en  el resto de los  participantes, mientras que el Decreto que la reglamenta exige mayoría.  En el caso de las Infoplazas AIP se solicitará el cambio al Decreto regulatorio


Ejemplos de estas iniciativas que están bajo el paraguas de Senacyt, podemos nombrar seis AIP: las Infoplazas, el Instituto de Investigaciones Científicas y Servicios de Alta Tecnología (Indicasat); la Estación Científica Coiba; Centro Nacional de Metrología o el Centro Internacional de Estudios Sociales.


Las Asociaciones de Interés Público (AIP) se debaten entre la autonomía o ser manejadas por el gobierno de turno.

La disyuntiva, que pareciera un asunto meramente matemático, radica en la composición de los integrantes de las juntas directivas. La ley 39 del 8 de agosto de 2018, que creó esta innovadora figura, estipula que en la junta directiva debe haber tres representantes del gobierno, sin limitar el número de representantes de otras organizaciones. No obstante, el Decreto Ejecutivo 265 del 28 de diciembre del mismo año que regula las AIP, exige que la Junta Directiva en su mayoría debe estar compuesta por instituciones públicas panameñas.

Un ejemplo de esta contradicción se evidenció en la más reciente elección de los directivos de las Infoplazas. En esta escogencia se intentó cumplir con el decreto reglamentario y debido a una falta de comunicación interna entre los miembros, quedaron por fuera varias instituciones del gobierno íntimamente relacionadas al tema, como la Autoridad de Innovación Gubernamental y el Ministerio de Educación, por ejemplo.

Por tal razón, el próximo viernes, Víctor Sánchez, Presidente de la Junta Directiva de Infoplazas AIP y Secretario Nacional Encargado de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología (Senacyt) propondrá a los miembros de esta entidad dejar sin efecto la escogencia de los directivos la entidad que se efectuó recientemente.

Cuando se filtró que la AIG había quedado excluida de la junta directiva, hubo preocupación por parte de la Presidencia que citó a una reunión el 19 de octubre pasado de la Junta Directiva de Senacyt cuyo único asunto en la agenda consistía en un resumen ejecutivo por parte de Senacyt y la presentación sobre AIP Infoplaza a cargo de Luis Oliva, director de la AIG.

Finalmente el malentendido se subsanó, según contó a este diario una fuente ligada al tema.

La junta directiva de las infoplazas está integrada por un representante de Senacyt quien la preside, la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG), vicepresidente; la Cámara Panameña de Tecnologías de Información, Innovación y Telecomunicaciones (CAPATEC) tesorera; el Centro Nacional de Competitividad (CNC) secretario; el Ministerio de Educación (Meduca) vocal; el Consejo del Sector Privado para la Asistencia Educacional (Cospae) vocal; y un representante de la Universidad Tecnológica de Panamá (UTP) como vocal.

El presidente de Senacyt añadió que no se puede hacer una votación con un estatuto que no está acorde a la ley.

No obstante, al intentar cumplir con el decreto en mención se redujo el número de integrantes. De acuerdo a Sánchez, la reglamentación implica que el gobierno tiene que tener mayoría en la junta directiva, razón por la que la cantidad de miembros debe reducirse de siete a cinco participantes.

En dicha elección resultaron electos Senacyt, Udelas (integrante de la Asamblea de las Infoplazas), CNC, Ciudad del Saber y la UTP.

Sánchez explica que aún los nuevos integrantes no han sido registrados en el Registro Público y que faltó hacer los cambios al estatuto de Infoplazas por lo que se deberá volver a realizar la elección.

La idea es solicitar al Ministerio de Gobierno, institución que otorga las personerías jurídicas, se permita el cambio al reglamento y conformar una nueva elección. La otra opción que está en el tapete es mantener a la junta directiva anterior.

“Vamos a proponer que la elección de una nueva directiva de cinco miembros viola los estatutos y dejarla sin efecto. Aunque se escogió no está en funciones”, manifestó Sánchez a La Estrella de Panamá.

El presidente de Senacyt añadió que no se puede hacer una votación con un estatuto que no está acorde a la ley.

Lo curioso de este modelo de organizaciones de las AIP es que dependen del financiamiento del Estado, aunque sus miembros buscan evitar la politización de las mismas. Al tratarse de asociaciones en las que también forma parte la empresa privada, lo que se busca es la independencia de las mismas.

No faltan quienes opinan que al tratarse de una organización en la que el gobierno proporciona los fondos, debe estar bajo su mando. Una idea a la que se oponen quienes defienden el modelo por la necesidad de proveer independencia y estabilidad sin importar el gobierno de turno o el ministro designado en la cartera.

La mayor parte de estas organizaciones realiza investigaciones de largo alcance, y permanecer bajo el mando del gobierno, podría vulnerar la estabilidad de los proyectos.

Las AIP mantienen una estructura cuyas finanzas deben ser publicadas en el portal y están sujetas a auditorías de la Contraloría General de la Nación (control previo y posterior), incluso los aportes del sector privado.

Otra de las características es que sus colaboradores no son considerados funcionarios públicos, sino que se rigen bajo el Código laboral, lo que les permite una flexibilidad para contratar talento extranjero.

Ejemplos de estas iniciativas que están bajo el paraguas de Senacyt, podemos nombrar seis AIP: las Infoplazas, el Instituto de Investigaciones Científicas y Servicios de Alta Tecnología (Indicasat); la Estación Científica Coiba; Centro Nacional de Metrología o el Centro Internacional de Estudios Sociales.

Las AIP surgen a falta de un modelo que cobijara los centros de investigación en el país. Con este ánimo se generó un decreto que brindó las características que han sido ajustadas con el tiempo.

Cada año estas entidades presentan su presupuesto anual ante la entidad que las representa y se solicitan los fondos al Estado al momento de aprobar el presupuesto general del Estado.

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