Martinelli enfrentará juicio por cuatro delitos

Finalizada la fase intermedia, el juez de garantías fijo como fecha tentativa el 11 de diciembre a las 9 de la mañana. En tanto, el Pleno debe resolver si la Corte es la entidad competente para juzgar al expresidente

El expresidente Ricardo Martinelli enfrentará juicio como supuesto autor intelectual de los delitos contra la inviolabilidad del secreto, derecho a la intimidad, y contra la administración pública en diferentes formas de peculado.

El juez de garantías Jerónimo Mejía fijó como fecha tentativa el próximo 11 de diciembre a las 9 de la mañana. No obstante, es el Pleno de la Corte el que debe confirmarla o cambiarla, según su agenda. El juicio augura ser uno de los más controversiales de los últimos tiempos.

Una fecha que Mitchell Doens, víctima de los pinchazos, ve como es viable, aunque otros la consideran precipitada por la falta de tiempo para notificar y preparar más de 70 testigos citados para este juicio oral.

Antes, el Pleno debe resolver un amparo de garantías presentado por la defensa de Martinelli en el que se alega que la Corte no es el órgano competente para juzgar a su cliente, ya que éste no tiene la condición de diputado.

Ayer, el juez de garantías Jerónimo Mejía, se tomó más de media hora de la audiencia para insistir en que la Corte sí es el tribunal competente.

Esto ocurrió cuando dictó el acto de apertura del juicio oral teniendo en cuenta que el numeral 1 del 349 del Código Procesal Penal, señala que en la Resolución de apertura del juicio oral se debe indicar el tribunal competente para conocer del juicio oral.

Nuevamente vuelve a la mesa el tema de cuál es el tribunal competente para juzgar al exmandatario.

Ayer ocurrieron dos cosas: a las cinco de la tarde se cerró el periodo de lectura simultánea que tenían los magistrados para revisar el proyecto de fallo que declina la competencia del caso del expresidente. También se evacuó el proceso de admisión, rechazo y reconsideración de evidencias presentadas por la defensa.

El proyecto de fallo, que tiene como ponente al magistrado Oyden Ortega y que responde a un amparo de garantías presentado por la defensa, determina que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no es el ente competente para juzgar a Martinelli. Entre otras razones, porque éste renunció a su condición de diputado del Parlamento Centroamericano (Parlacen) en junio pasado.

Así como Ortega, hay tres magistrados más (Ángela Russo y los suplentes de José Ayú Prado y Ramón Fábrega, Asunción Alonso y Efrén Tello, respectivamente) que han salvado su voto ante la duda de si son o no la entidad que debe conocer el caso del expresidente, o si debería ser un magistrado de Garantías del Sistema Penal Acusatorio el que se encargue del caso, tal como lo plantea Ortega en su escrito preliminar.

Este medio conoció que los magistrados Abel Zamorano y Luis Mario Carrasco suplente de Jerónimo Mejía, están a favor de mantener la competencia, al igual que Cecilio Cedalise. Falta conocer qué criterio emplearán los magistrados Hernán De León y Wilfredo Sáenz (suplente del fiscal Harry Díaz).

Pero es cuando se celebre el Pleno, tal vez el próximo jueves, que se realizará esta acalorada discusión.

Lo que pone en aprietos las decisiones adoptadas por el juez de garantías desde el inicio de este proceso, en junio pasado, a la fecha. Es decir, si el caso se cae, como lo adelantó el magistrado Hernán De León a la Procuradora Kenia Porcell en una conversación que sostuvieron en su oficina, el Pleno pudiera desconocer lo actuado, o por economía procesal, respetar lo avanzado.

No obstante, como una especie de mensaje que enviaria a sus colegas, Mejía fue muy contundente y claro sobre el tema.

Para ilustrar que el Pleno tiene competencia sobre el caso, señaló las ocasiones en las que el Pleno decidió cuestiones planteadas por la defensa, que implican necesariamente que existe competencia genérica y objetiva. Todas tienen en común que fueron expedidas después de la renuncia de Martinelli al Parlacen.

Enumeró cuatro situaciones: la audiencia de 12 de julio 2018 cuando el Pleno resolvió un recurso de apelación interpuesto ante la negación del magistrado de garantías por doble juzgamiento y cosa juzgada; la audiencia del 10 de septiembre 2018 en la que el Pleno resolvió un recurso de hecho que la defensa interpuso contra la decisión del juez de garantías, en la que confirmó la decisión del magistrado; en esta última audiencia del 10 de septiembre, el Pleno tomó una decisión que solo se podía tomar si existe la competencia, no concedió la fianza de excarcelación solicitada por Martinelli. Como cuarto punto citó la audiencia del 15 de octubre de 2018 en la que el Pleno volvió a reafirmar la competencia que tiene la Corte al declarar sin fundamento y por ende, negar la revisión judicial de la detención provisional del exgobernante.

Como consecuencia -indicó Mejía- “el Pleno solo podría decidir sobre el tema si la Corte tiene competencia para seguir el proceso. De ahí que, al haber declarado sin fundamento la revisión de la medida cautelar, volvió a reconocer que tiene competencia sobre el caso”.

No obstante, Mejía no es quien tiene la última palabra, sino el Pleno.

Una vez que culminó la fase de reconsideraciones, Mejía repasó las 105 de las 107 pruebas admitidas a la Fiscalía y acusador autónomo.

Por otra parte, la defensa de Martinelli anunció que presentará más de 60 amparos de garantías por las evidencias que negó el juez y que confirmó su decisión después de que se recurriera esta decisión.

JUEZ CONFIRMA RECHAZO DE PRUEBAS A DEFENSA DE MARTINELLI
El juez de garantías Jerónimo Mejía mantuvo su criterio y no reconsideró las pruebas que recurrió la defensa del expresidente Ricardo Martinelli.

Durante la audiencia de ayer, el juez culminó la fase de admisión, rechazo y reconsideración de pruebas.

Rechazó parcialmente la primera evidencia pericial de la defensa que pretendía que dos peritos informáticos, Alejandro Hernández y José Vega, además de responder a un cuestionario técnico del correo [email protected] (que fue admitido), verificasen el contenido de las evidencias materiales presentadas por el magistrado fiscal en la acusación. En este sentido, los peritos utilizarían equipo informático propio para realizar el examen a varias computadoras y discos duros, así como discos compactos, primordialmente para comprobar su autenticidad.

No obstante, Mejía negó esta última posibilidad alegando que la prueba que solicitaba la defensa debía ser realizada por peritos idóneos, y para el juez, los referidos por la defensa no fueron considerados como tales. Mejía alegó que los elementos podrían ponerse en riesgo y que la defensa no otorgó una garantía de cómo realizaría el procedimiento para evitar que la información se altere, se pierda o se manipule. “Si la idea es desacreditar el trabajo de los peritos, no es la mejor forma.

Esto podría representar un riesgo para las pruebas porque ellos no son peritos idóneos”, estimó Mejía.

La defensa refutó la actuación del juez y dijo que Hernández ha participado en más de 500 peritajes en el Órgano Judicial y en el Ministerio Público. “Si ha sido bueno para ellos por qué razón hoy se le cuestiona su idoneidad”, se preguntó Sidney Sittón, equipo de la defensa.

José Vega, otro de los peritos cuestionados por su idoneidad en especialidad de informática, “independientemente de ser abogado tiene estudios en informática y preside la Asociación Panameña de Peritos Informáticos”, alegó Sittón.

La defensa pretendía introducir a Pedro Mc Kluao Marmolejo, perito lofoscópico, para comprobar que la huella digital suministrada por el testigo protegido sea la misma que la de la persona que rendirá testimonio en el juicio oral. Pero el juez no la admitió porque podría revelarse la identidad del testigo protegido antes de que se efectúe el juicio. El juez ha decretado en reserva su identidad y solo el Pleno puede revocar esta decisión.

Admitió la prueba pericial del contable Cesar Contreras para que emita informe sobre el proceso de adquisición, recepción y pago del equipo tecnológico adquirido de M.L.M. Protection.

El juez se mantuvo en su decisión de rechazar los testimonios de: Marcelino Aguiar, fiscal del Ministerio Público, porque no se cuestiona la legalidad del procedimiento de un funcionario público. La defensa refutó la decisión del juez ejemplificando otros casos como uno de tentativa de homicidio en Villa Zaita en el que se admitió el testimonio de dos fiscales, lo que contradice criterios de juzgados inferiores.

El juez también negó, por la forma en que fue presentada la prueba, la reconsideración del testigo de la defensa Belsio González exdirector del Servicio Aeronaval. Con él los abogados del expresidente pretendían ilustrar en qué consistían las reuniones de seguridad que se efectuaban en la Presidencia. Encuentros a los que acudía Rony Rodríguez, un exagente del Consejo de Seguridad, que supuestamente entregaba sobres a Martinelli con informes sobre los pinchazos.

Negó también el testimonio de Sofanor Espinosa, exfiscal, invocado por la defensa para referirse a los hechos de la investigación, pero el juez arguyó que para eso están los documentos en el expediente.

Con respecto a los exfiscales Ángel Calderón, Ricardo Solís y Ricardo Muñoz, el juez no revirtió su decisión de rechazo por cuestiones de forma principalmente.

Con los anteriores testimonios la defensa pretendía acreditar que su cliente no tiene que ver en los hechos que se le imputan.

Mejía también sostuvo su posición en las pruebas documentales que había rechazado a la defensa.

La defensa anunció que presentará un amparo de garantías por cada prueba rechazada.

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