El viernes se conocerá suerte de Ricardo Martinelli

El viernes 9 de agosto Ricardo Martinelli conocerá si es inocente o culpable de cuatro cargos efectuados por la fiscalía: contra la inviolabilidad del secreto y el derecho a la intimidad, o interceptación de telecomunicaciones sin autorización judicial; seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial y dos delitos contra la administración pública en modalidad de peculado: por sustracción o malversación y peculado de uso.

El Tribunal de juicio, conformado por la juez Arleen Caballero, Justo Vergara y Roberto Tejeira, presidente, tendrá que decidir, si en los cuatro meses con catorce días que duró el juicio, la Fiscalía Contra el Crimen Organizado acreditó los delitos por los que acusa a Martinelli.

El jueves se presentarán los alegatos de cada parte luego de que la defensa culminó con la evacuación de sus pruebas testimoniales y documentales. El juez Tejeira citó a las partes a las 10:00 a.m. La fiscalia, los querellantes y la defensa contarán con una hora cada uno para hacer sus alegatos. La norma indica que las víctimas podrán contar con 15 minutos para ser escuchados, pero según la cantidad de víctimas que asistan, el juez podrá reducir el tiempo a 10 minutos cada uno. Esta práctica no es propia de este tipo de juicios, es más común en los procesos de homicidio. No obstante, los jueces suelen escuchar a las víctimas en otros casos.

En este sentido, Martinelli también se dirigirá al Tribunal, tal como lo adelantó la defensa. No obstante, las declaraciones, tanto del expresidente como de las víctimas, serán sin juramento previo. Por lo que no tendrán valor probatorio ante el tribunal.

Una vez culminen los alegatos, el Tribunal se declarará en sesión permanente por 24 horas para deliberar y dar su veredicto. Este anuncio será breve. Consiste en dictaminar si el acusado es culpable o inocente y de qué delito. Enseguida escuchará a las partes quienes solicitarán al Tribunal imponer la pena.

No obstante, el juez define la cantidad de cantidad de años que impondrá al acusado en un plazo de 10 días cuando llama a una nueva audiencia para sustentar la sentencia.

Es un trabajo sumamente minucioso que “no se puede hacer a tambor batiente” como reconoce Tejeira. Debe ser un fallo sustancial y motivado para entender en qué se basó el Tribunal para tomar tan importante decisión.

La sentencia del Tribunal puede ser recurrida por las partes, por tal razón, para Tejeira es sumamente importante motivar la sentencia.

El viernes también se establecerán las indemnizaciones económicas que requirieron las víctimas y se fijarán cuantías según las sustentaciones que las respalden.

DELITOS Y PENAS DE PRISIÓN
En la lista de delitos imputados contenidos en el Código Procesal Penal, el artículo 338, que reza sobre las diferentes formas de peculado, en la modalidad de malversación se sanciona con prisión de 4 a 10 años de prisión. Mientras que el peculado de uso, artículo 341, aplica al servidor público una sanción de prisión de 1 a 3 años de prisión o su equivalente en días multa o arresto de fines de semana.

Por su parte, quien sin contar con autorización de la autoridad judicial intercepte comunicaciones , escuche, grabe o reproduzca conversaciones que no están dirigidas al público, artículo 167, será sancionado con pena de 2 a 4 años de prisión. El mismo tiempo estipula el artículo 168, que habla sobre el seguimiento, persecución o vigilancia con fines ilícitos.

El jueves será un momento crucial. El fiscal Ricaurte González será el encargado de hilvanar cada una de las pruebas, documentales, testimoniales y peritajes, que entraron al Tribunal, empatarlos con su teoría del caso, y convencer al Tribunal sobre la culpabilidad del acusado en calidad de autor. “Será David contra Goliat, David va a vencer”, exclamó confiado el fiscal Ricaurte González.

La defensa por su parte apuntará a las deficiencias, contradicciones e inconsistencias halladas en la actuación de la Fiscalía. A los contra interrogatorios que complicaron las pruebas de la fiscalía, o en las debilidades en la custodia de las evidencias.

El juez otorgó tres días, a petición de la fiscalía, para que ambas partes preparan su alegato.

La defensa y la Fiscalía están confiados en que el fallo del Tribunal se inclinará a su favor.

El fiscal Aurelio Vásquez apuesta a su mejor prueba, el testimonio de las víctimas que comparecieron ante el Tribunal, que identificaron sus correos, narraron sus afectaciones como consecuencia de las intervenciones telefónicas y los seguimientos.

“El sentir de las víctimas es la mejor prueba de la fiscalía, es el mecanismo para hacer valer la justicia. Esa justicia la pide quien se siente afectada, ellos han reconocido, han sufrido no solo el juicio de adentro sino mediático que puede afectar cualquier situación más allá de la revictimización”, manifestó Vásquez.

“El lenguaje corporal de los jueces me hace entender que están claros en los hechos que se han presentado en pruebas documentales y testimoniales”, señaló González.

“Para nosotros es claro que se mantiene el estado de inocencia de Martinelli y también es evidente que en base a las pruebas que llegaron al Tribunal solo cabe el veredicto absolutorio”, indicó el abogado defensor Sidney Sittón. Añadió que ningún testigo de la fiscalía señaló a su cliente de ser autor de ningún delito.

El juicio inició el 12 de marzo del presente año. El expresidente fue extraditado a Panamá el 12 de junio de 2018. Ese día fue trasladado al centro Penitenciario El Renacer. Inmediatamente fue llamado a la Corte enfrentar a la justicia. La fiscalía solicitó 21 años de prisión para el exgobernante.

Para probar estos delitos, la fiscalía presentó 74 pruebas testimoniales pero en la fase de juicio renunció a 39 de ellos por considerar que era redundar sobre lo expuesto por los testigos que comparecieron a juicio. Introdujo también 48 pruebas documentales.

Por su parte, la defensa citó al estrado a tres de 21 testigos que tenía programados, e introdujo aproximadamente 23 pruebas documentales.

El 12 de junio pasado, el Tribunal concedió arresto domiciliario al acusado luego de que cumpliera un año privado de libertad.

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