Posible caso de homicidio culposo

Los historiales clínicos no han sido analizados. Todo apunta a la nutrición parenteral que recibieron los bebés en la CSS

Homicidio culposo. Ese es el cargo que se acreditará a quienes resulten responsables por la muerte de los ocho neonatos -ocurrida entre el 12 y 17 de junio- en el Complejo Hospitalario de la Caja de Seguro Social Dr. Arnulfo Arias Madrid.

Las investigaciones iniciaron con las diligencias de inspección ocular efectuadas a la Sala de Neonatología, el Departamento de Farmacia y la oficina donde se preparó la nutrición parenteral, principal causa considerada por las autoridades como factor de muerte en los bebés, y que afectó a otros cinco pequeños, entre ellos una con hidrocefalia.

Elizabeth Cossú, jefa de la Unidad de Homicidios del Ministerio Público a cargo del caso, indicó que aún está a la espera de que la CSS le envíe las muestras de orina de los bebés que siguen vivos, y otras muestras que no han sido remitidas a su despacho.

La fiscal manifestó que el común denominador de esta investigación se centra en la nutrición parenteral, ya que todos los bebés presentaron hemorragias y sepsis. Según los historiales clínicos, por tanto, podrían ampliar o reducir la lista de afectados.

En tanto, durante la inspección ocular efectuada a la Sala de Neonatología, oficina de preparación de soluciones, y departamento de fármacos, Cossú logró colectar pruebas de los componentes que se utilizan para la nutrición parenteral, no obstante no halló restos de la solución que en su momento se administró a los bebés fallecidos o afectados.

Estas muestras, además de las necropsias efectuadas por el Instituto de Medicina Legal IMEL -hasta el momento tres- forman parte del expediente.

Cenaida Atencio es la única madre de las bebés vivas que rindió declaración voluntaria, aunque Cossú afirma que se ampliará el ciclo a otros padres de sobrevivientes y médicos del complejo.

El Código Penal señala penas de 4 a 8 años por lesiones con causa de muerte, y de 6 a 10 años si la incapacidad es mayor a 60 días.

No hay comentarios

Publicar un comentario