La pobreza, excusa para separar a padres e hijos

Excesivo centralismo, falta de transparencia e implementación de medidas al márgen de la Ley en detrimento de los derechos de los menores

Al margen de la ley, la institución que tiene como propósito velar por la familia, despoja a los más pobres de su único patrimonio: sus hijos, su descendencia.

Por el simple hecho de ser pobres, en su vulnerabilidad, se convierten en presa fácil de la falta de control y la discrecionalidad de funcionarios sin escrúpulos.

Un informe de 43 páginas elaborado por la Comisión Evaluadora de la Adopción y las Normas de Protección de la Infancia y la Adolescencia del año 2009 al 2015, establece que en la Secretaria Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia (Senniaf) "se persiste en la práctica de considerar la pobreza como un elemento para perder la patria potestad del menor".

Según el estudio, la Secretaría no es capaz de articular los programas de asistencia familiar, lo que viola la ley y va en detrimento de los intereses del menor y sus derechos.

Como ejemplo de lo anterior, la Comisión cita las constancias que reposan en las casas hogares donde existe un informe social que recoge el deseo de un padre en asumir la responsabilidad de su hija con iniciales A.B., a pesar de sus carencias económicas. ‘El padre manifestó a la Defensoría del Pueblo que persiste en su deseo de tener a su hija' pero la Senniaf le privó el derecho a la convivencia familiar y sometió a la niña a una situación de inestabilidad ‘sacándola del hogar donde estaba para ingresarla a otro albergue y luego darla en asignación a una familia que la devolvió. Lo que demuestra un desconocimiento inexcusable de la ley, y de los procedimientos en materia de protección de la niñez', se lee en el documento.

La Dirección del Senniaf esquiva los controles que establece la ley para adopciones, explica la Comisión, lo que provoca que personas con poco tiempo de ingresar al sistema adopten por encima de otros que tienen gran cantidad de tiempo, hecho que la Comsión califica de ‘peligroso'.

El informe es enérgico al señalar que se carece de un control jurisdiccional en la entrega de acogida de los infantes, ‘lo cual es sumamente peligroso', puesto que se realizan prácticas al margen de la ley como la entrega de niños los días domingo a personas que no han sido evaluadas por el juez de conocimiento. Situaciones que pudieran propiciar denuncias penales sobre el manejo de los hogares de acogida y en la adopción de la Senniaf.

En Secretaría, agrega, hay serias debilidades y amenazas en los procesos de adopción que se resumen en una ‘nefasta organización, paupérrima estructura institucional, excesivo centralismo en la toma de decisiones y el incumplimiento de los términos establecidos para los procesos', según describe la Comisión, cuya misión consistió en recopilar y verificar la situación de la adopción de niños, niñas y adolescentes en el país para determinar la eficacia de las normas de protección en el manejo de trámites de adopción de infantes.

PUNTOS SENSITIVOS
Los hallazgos de los cinco profesionales en la materia, nombrados por la junta directiva de la Senniaf, provocaron descontento en la directora, Idalia Martínez, quien hasta la fecha no ha reaccionado a este documento, a pesar de que el mismo fue presentado en septiembre pasado al ministro de Desarrollo Social, Alcibiades Vásquez, presidente de la junta directiva.

El detonante que motivó la creación de la Comisión, nombrada en mayo de 2015, fue la denuncia del atraso de dos meses en el subsidio estatal que recibe Hogar Malambo cuya rectora, Sor Lourdes Reiss, dejó saber a la opinión pública.

Los integrantes de la Comisión resumieron en 24 puntos contundentes un panorama oscuro en los trámites, supervisión y metodología de entrega de los menores a las familias acogientes y el derecho de los menores a la adoptabilidad.

El documento destaca, por ejemplo, una falta de transparencia en el banco de datos de personas adoptantes idóneas y alteración en el orden cronológico de entrada, lo que empaña el proceso de adopción o adjudicación de menores a familias acogientes. Además, se han presentado casos en los que quienes devuelven a los niños no se eliminan del banco de datos para evitar que se repita la misma situación.

El banco de información no está a disposición de los jueces y magistrados competentes, quienes deberían trabajar en conjunto con la Senniaf para realizar las asignaciones de los menores a las familias que solicitan la adopción.

Hay más, los miembros de la Comisión también detectaron un excesivo hermetismo en la información. Se quejaron de que la Senniaf no les dio acceso a información que es de dominio público.

La Comisión también contó sobre la ‘carencia de programas familiares en la institución', situación que podría traducirse en jóvenes en riesgo social, deserción escolar o mendicidad.

Otro punto relevante es la falta de eficacia en la aplicación de la ley y la poca coordinación que existe entre la Senniaf y los actores del sistema: funcionarios, abogados y miembros de la regencia de casas hogares.

Plasmaron que no se realizan a plenitud las investigaciones familiares que demanda la ley, lo que puede causar la nulidad de los procesos de adopción.

Otro dato es que no se cumple con el control judicial en los casos de acogimiento familiar u hogar acogente. Aunado a esto se advierten serios inconvenientes en las evaluaciones periciales, pues ‘a pesar de su realización, se han dado más de 5 casos de niños que han sido retornados por las parejas seleccionadas por causas insignificantes', registra.

Determinaron los integrantes de la Comisión que existe una grave dificultad en el Comité de Asignaciones es juez y parte en cuanto a su integración porque, quienes investigan y seleccionan, son a su vez quienes posteriormente deciden sobre la base de su propia selección previa a qué hogar será asignado un menor.

Se observa que la Senniaf interviene en las reuniones del Comité, lo que viola la Ley General de Adopciones (46 de 2013) e impide a la Directora atender apelaciones por haber intervenido en procesos previos.

Señala el documento que solo existen 9 hogares acogentes (que permiten la estadía del menor por un tiempo mientras se resuelve su situación jurídica), lo que provoca la institucionalización de niños por la falta de un solido programa que promueva esta figura.

La Comisión, integrada por la Mag. Judith Cossú (Tribunal Superior de Niñez y Adolescencia), Alma Montenegro de Fletcher (Centro de Políticas Públicas Universidad de Panamá), Edgar Zachrison (Colegio de Abogados), Guillermo Quintero (observador Defensoría del Pueblo) y Juan Carlos Córdoba (comisionado Nueva Generación), se quejó de que la Senniaf les negó el acceso a la revisión del banco de datos de solicitantes y los limitó a considerar solo los expedientes que la Secretaría seleccionó para cada reunión.

DERECHOS DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Los profesionales que elaboraron el documento también se centraron en la protección de la niñez y adolescencia.

En esta parte del informe, en la mayoría de los párrafos es reiterativa la frase ‘no existe' , lo que motiva serias dudas sobre el trabajo e iniciativas legales que emanan de la Senniaf a quien le corresponde lograr políticas y proyectos de ley que contribuyan a cumplir con los compromisos internacionales adquiridos por Panamá en la materia.

En este sentido se resalta, por ejemplo, que ‘no existe una recopilación real y efectiva de la legislación atinente a los derechos de la niñez y la adolescencia'.

Según los especialistas ‘no existe una política integral de protección a la infancia y adolescencia a pesar de que la ley 14 de 2009 mandata a la Senniaf a coordinar y articular la ejecución de esta política y dar seguimiento a los planes y proyectos'.

Se resalta la carencia de un Defensor de la Niñez y Adolescencia, lo que impide hacer efectivos los derechos de esta población. Tampoco hay acuerdos locales y alianzas con otros entes.

En todo este escenario, la Comisión insistió en las limitaciones impuestas por la Senniaf en la realización del informe. ‘Existen grandes limitaciones al asumir compromisos desde la reflexión y la crítica que permitan generar propuestas innovadoras en beneficio de la niñez y adolescencia, ‘lo que generó que la Dirección de la Senniaf no permitiera la revisión de la información in situ' y alegara confidencialidad para una Comisión que fue designada por la propia Junta Directiva, ‘manteniendo una actitud poco cordial y cooperativa, e incluso irrespetuosa pero ante todo un desconocimiento inexcusable de las normas legales vigentes en la materia', se plasma.

Algo aún menos comprensible para la Comisión resulta la organización y estructura de la Senniaf. Describe su extremada preocupación por la concentración de poder, ‘al punto de que su directora asume en forma directa el control y las acciones de todos los funcionarios que operan en la institución, lo que causa un estancamiento y en ocasiones una situación de incumplimiento en la institución'.

Esta conducta, provoca entre otras cosas, que no se tenga una gestión asociada de los organismos de gobierno en coordinación con la sociedad civil; Senniaf-Organización No Gubernamental- justicia.

Observan con detenimiento los criterios que sirven de base para ordenar las medidas administrativas de protección a la infancia, y a través de las mismas, separar a un niño de su familia e institucionalizarlo, lo cual debería ser el último fin y no el primero. La Comisión fundamenta este punto aduciendo que en 2015 se constataron varios casos de niños ubicados en protección de Senniaf ‘sin que se dieran las bases reales para ordenar tal medida, es la situación de menores que teniendo familia extendida deberían estar con ellos y no en instituciones'.

Desde su creación, la Comisión realizó 12 encuentros y recopiló documentación de las casas hogares, los juzgados de la materia y algunos datos de la Senniaf que recopiló a través de entrevistas.

El informe también ofrece recomendacioines entre las que se menciona el cumplimiento de términos legales, control y autorización del poder judicial en la acogida familiar; que la directora no participe en reunioes del comité, supervisión en el funcionamiento y promoción de programas de hogares acogentes, entre otros.

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