Contratos "Llave en Mano": conceptos y reflexiones

Por: Ing. Humberto E. Reynolds de Unamuno [Miembro Emérito e Insigne de la SPIA]
Para melodijoadelita.com

Los contratos “Llave en Mano” obtuvieron su nombre de la terminología estadounidense denominada como “Turnkey Contract”, y son aquellos contratos en que los contratistas se obligan frente al cliente (persona jurídica o natural), es decir, el contratante, a que a cambio de un precio específico, el contratista se compromete a DISEÑAR, CONSTRUIR Y PONER EN MARCHA, una Obra Civil determinada que ellos mismos han subvencionado por medio de préstamos con la banca internacional.

En este tipo de contrato, la importancia se pone en la responsabilidad global que asumen los contratistas frente al cliente al efectuar este tipo de contrato. El peligro de este tipo de contrato es que es muy común FALLAR en una inspección adecuada por el NO USO de las buenas prácticas de Ingeniería en el Diseño, Construcción y la puesta en funcionamiento del proyecto, ya que éstas no han resultado científicamente adecuadas.

Otras prestaciones que siempre están presentes generalmente en los contratos “Llave en Mano”, dentro de la obligación global del contratista, es: el suministro de materiales y equipo necesario , el transporte de los mismos, la realización de todas las obras civiles, la instalación y montaje de los elementos principales, la puesta en marcha en forma y condiciones óptimas la obra proyectada. En la mayoría de los casos se incluye este tipo de contrato otras obligaciones posteriores a la ejecución de las obras, como la ADMINISTRACIÓN de los mismos para lograr de recuperar el dinero invertido y la ganancia, como por ejemplo, el caso de nuestros corredores en Panamá conocidos como NORTE y SUR, los cuales han llegado a sobrepasar los costos y precios originalmente presupuestado, de una manera increíble.

Existe desde hace algunos años distintos métodos de realización de proyectos que han aparecido en el ámbito del comercio internacional, ya que los avances tecnológicos se continúan realizando en una forma exponencial, y una de ellas es sin duda el método de contratación “Llave en Mano”.

Con este método DESAPARECE la tradicional relación tripartita entre el cliente contratante, el ingeniero diseñador y el contratista constructor, en el cual éste último junto a sus funciones tradicionales de construcción, asume ahora también el DISEÑO del proyecto, invadiendo en forma sorprendente el campo del diseño, lo cual que separa a los profesionales de la ingeniería civil mucho más aún.

Para evitar confusiones hay que aclarar y enfatizar que aunque la contratación “Llave en Mano” es la modalidad actual de contratación, tenemos que diferenciar entre; las clases de contratos; la modalidad de contratación y la forma de elegir al contratante.

En cuanto al primer punto, que enfatiza el ámbito natural de la modalidad de contratación y la forma de elegir al contratante, aclaramos que la contratación “Llave en Mano”, es el tipo de contrato de obras civiles que incluye varios elementos como el diseño, suministro servicios etc. que han originado que empresas constructoras se constituyan en sub-contratistas del contratista primario.

Con respecto a este último tema hay que considerar que el contrato “Llave en Mano” implica la especialización del contratista, así como la obligación de éste de entregar un producto terminado que cumpla con todos los requisitos de alta calidad de toda obra civil, cumpliendo con las especificaciones vigentes en el Reglamento para el diseño Estructural de la República de Panamá (REP. 2004) de la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura. Para ello se debe asumir una obligación global de realizar todas las prestaciones necesarias, coadyuvantes o complementarias de la obra a realizar. Lo anterior en la mayoría de los casos puede tener como efecto que las ofertas sean sumamente COMPLEJAS por lo que se entiende la selección del contratista en forma directa por el ente gubernamental, acto que riñe con la Constitución de la República pues debe mediar una licitación como lo mandata las leyes existentes al momento (2013).

Los dos “rasgos” esenciales de los contratos “Llave en Mano” son:
  1. La fusión de las misiones de diseño y ejecución de la obra en una sola persona natural o compañía.
  2. La obligación global asumida por el contratista frente al cliente, de entregar una obra completamente equipada y en perfecto estado de funcionamiento, dotan a estos contratos de unas características particulares, al ser relegado o eliminado quien debe inspeccionar el proyecto para el futuro dueño.
    1. El contrato “Llave en Mano” a diferencia del contrato tradicional, implica la celebración de un solo contrato realizado entre el cliente y el contratista. Generalmente en la selección de este tipo de contrato ejerce una influencia decisiva la tecnología implicada en elproyecto que se pretende realizar y que se va a manifestar, no solo en los planos y especificaciones técnicas, sino también en los derechos de propiedad industrial implicados en el proceso de producción y en determinados casos, en la formación del personal y en la asitencia técnica proporcionada por el contratista.
    2. El hecho de que en los contratos “Llave en Mano”, el contratista asume el diseño y la ejecución de la obra , condiciona no sólo el procedimiento de adjudicación del contrato (generalmente un procedimiento “restringido” o “negociado”), sino también la determinación del objeto y la función del cliente y de su INGENIERO, a quienes atan en forma contractual.
    3. A diferencia de los contratos tradicionales de construcción, en los contratos “Llave en Mano” la elaboración del diseño detallado del proyecto tiene lugar una vez concluido el contrato, circunstancia esta que justifica conceder al contratista el derecho de introducir modificaciones en sus planos a su propio costo y riesgo, y siempre que se respeten los parámetros contra actuales contratados (calidad, cantidades de materias primas, rendimientos, etc.) sin que sea necesario a tal efecto la propia aprobación del cliente. Aquí hay un CONFLICTO SERIO de ética ya que existe la posibilidad de que el contratista no sea debidamente inspeccionado ya que el inspector ha quedado relegado a un segundo plano. Esto lo podemos notar en varios contratos de carreteras de tipo “Llave en Mano” actualmente otorgados, en los que podemos observar, ondulaciones continuas del asfalto en tramos acabados de entregar, etc. etc.
    4. Esta estructura sobre la cual descansa el contrato tipo “Llave en Mano” , y que ha revolucionado ciertamente la industria de la construcción en Panamá., implica a su vez una pérdida del CONTROL DEL PROYECTO por parte del cliente (que en la mayoría de los proyectos resulta ser el ESTADO PANAMEÑO)y en lo referente a la propiedad horizontal , los usuarios terminan ser comúnmente engañados por los PROMOTORES. Existe también una posibilidad de una reducción considerable de las funciones del INGENIERO CIVIL que en este tipo de contrato, y termine actuando generalmente, como simplemente el representante del cliente, siendo posible incluso en los casos mas extremos, que se prescinda de su participación en el proyecto. Esto no es una exageración por parte nuestra ya que actualmente esto esta sucediendo en forma común con las construcciones en Panamá de tipo “Llave en Mano” ya que las obras quedan “al garete” y sin ningún tipo de control de calidad, teniendo experiencias propias vividas como representante de dueños, denunciadas y advertidas al Comité Jurídico del seno de la Cámara Panameña de la Construcción (CAPAC) y en la Junta Técnica de Ingeniería y Arquitectura (SPIA) y Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos (SPIA) por muchos colegas que constantemente presentan sus inquietudes por la “mala práctica” de Ingeniería ya generalizada por empresas irresponsables.
Finalmente, la obligación global que se deriva de los contratos “Llave en Mano” para el contratista influye de manera decisiva en la determinación del precio, que usualmente resulta ser un precio sumamente elevado. He allí que el profesional de la Ingeniería quien siempre argumentará y con mucha razón, lo caro de los contratos de Obras Civiles denominados “Llave en Mano”.

Estas son reflexiones y aportes que proporciono a mis colegas ingenieros miembros del Colegio de Ingenieros Civiles (COICI) en particular , y a la comunidad panameña en general en mi condición actual de Ex Coordinador de la Comisión Vial de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos (SPIA).

Los Ingenieros en General nos debemos a la sociedad de ciudadanos panameños, como los profesionales que somos, licenciados en la CIENCIA de la Ingeniería y de todas las ramas de especialización de nuestra noble profesión. Hagamos todo para que impere la CIENCIA y no las “OCURRENCIAS” técnicas.

3 comentarios

  1. Dedicado a mis conciudadanos y a los profesionales colegas serios que no se prestan para actos no adecuados y que estan como bien dijo Evo Morales un poquito "chuecos" como los plátanos. Es un serio aporte al Congreso de Ingeieros Civiles a realizarse este fin de semana en Rio Hato. Ultimo fin de semana de Octubre.

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  2. Siguen aun con la "Mala Práctica" Es necesario advertirlo para NO bajar la Guardia. "CALIDAD A de las Obras Civiles garantizan la DURABILIDAD de las mismas y menos costoso mantenimiento anual" Incluir Diseño, Construcción e Inspección de las obras que se realizan

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  3. VALDERRAMA COMETIÓ UN GRAVE DELITO AL AUTORIZAR 25 K PARA CADA DIPUTADO EN DICIEMBRE DE SU PRIMERA LEGISLATURA. ESTA ACCIÓN LO HACE DELINCUENTE POR EXTRALIMITACION DE FUNCIONES. LA ASAMBLEA NO TIENE DERECHO CONSTITUCIONAL PARA ESTAS ACCIONES. ME APENA PERO ES LA REALIDAD Y PIENSO EN NUESTRAS FUTURAS GENERACIONES LLEVEN EL PESO DE LOS DELITOS DE SUS PADRES....

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